sábado, 2 de octubre de 2010

LAS LEYES MINERAS DE MENDES

Las leyes mineras de Menem otorgaron a las empresas ventajas excepcionales de las que no goza ninguna otra rama empresaria, ni las petroleras: de las 23 provincias argentinas solo 7 cobran regalías. La
madre de esas normas del despojo es la ......Ley de Inversiones Mineras
(N° 24.196/ 93), que estableció en su artículo 22: "Las provincias que
adhieran al régimen de la presente ley y que perciban regalías (...) no
podrán cobrar un porcentaje superior al 3% sobre el valor 'boca de ... Ver más
mina' del mineral extraído". Pero no era todo: la Ley 25.161/99 establece la reducción de los costos operativos sobre la regalía, incorporando a la Ley N° 24.196 -artículo 22 bis - algunas definiciones:

"Artículo 1: Se considera 'mineral boca de mina' el mineral extraído,
transportado y/o acumulado previo a cualquier proceso de transformación la roca o piedra en bruto antes de su molienda. Se define el 'valor boca de mina' de los minerales o metales declarados por el productor minero, como el valor obtenido en la primera etapa de su comercialización, menos los costos directos y/u operativos necesarios
para llevar el mineral de boca de mina a dicha etapa, con excepción de
los gastos y/o costos directos o indirectos inherentes al proceso de ex-
tracción".

Sobre la piedra en bruto, extraída a la montaña, sin ser molida ni
procesada, se calcula el 3% de regalía y se le hacen las siguientes de-
ducciones: "Los costos a deducir, según corresponda, serán:

A) Costosde transporte, flete y seguros hasta la entrega del producto logrado, menos los correspondientes al proceso de extracción del mineral hasta boca de mina.

B) Costos de trituración, molienda, beneficio y todo proceso de tratamiento que posibilite la venta del producto final, a que
arribe la operación minera.

C) Costos de comercialización hasta la venta del producto logrado.

D) Costos de administración hasta la entrega del producto logrado, menos los correspondientes a extracción.

E) Costos de fundición y refinación" (Ley 25.161/99, artículo 1).

¿Pero quién determina dónde comienza o termina cada proceso?

LA PROPIA EMPRESA.

No hay comentarios:

Publicar un comentario